5/12/12

Nueva categorización de "disforia de género" en el DSM-5


Trabajar hacia la despatologización total de la transexualidad es reconocer que en temas de diversidad sexogenérica las "angustias" tienen por causa a la discriminación y el peso de la norma sexo-género.


6/11/12

Ley de Registro Civil incluye cambios en la cédula de identidad


Fuente: http://www.eltiempo.com.ec/noticias-cuenca/108773-la-asamblea-propone-cambios-en-la-ca-dula/
Fecha de Publicación: 2012-11-03 00:00

La Comisión de Gobiernos Autónomos aprobó, con ocho votos a favor, el informe para primer debate del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

El proyecto de Ley determina que se registrarán en la cédula de identidad la clase y número de cédula; nombres y apellidos del cedulado; lugar y fecha de nacimiento; nacionalidad; "GÉNERO"; fotografía del cedulado; estado civil; clasificación individual dactiloscópica; firmas del cedulado y de la autoridad competente, y fechas de expedición y expiración de la cédula.

Con la propuesta de reforma se eliminarían del documento los datos referentes a la instrucción académica, por considerarlo discriminatorio, y los de los padres por inconstitucional, puesto que va en contra del artículo 69, numeral 7, de la Constitución. Además, se deroga el artículo 82, según el cual la mujer casada podía utilizar el apellido de su cónyuge.

Apellidos

Otra de las incorporaciones en la ley, es lo planteado por la asambleísta Sylvia Kon, y es que los padres podrán elegir el orden de los apellidos de los hijos. Sin embargo, el del primero regirá para el resto de la descendencia de este vínculo. “En caso de no existir acuerdo entre estos, precederá el apellido paterno al materno”.

Entre otros puntos se incorpora el concepto de desmaterialización de documentos; se establecen mecanismos para la emisión de documentos en el exterior; los notarios, jueces o agentes diplomáticos tendrán la obligatoriedad de poner en conocimiento del Director General del Registro Civil las uniones de hecho que registren.

En relación a las sanciones previstas en la ley se hace una actualización al valor de las multas que eran obsoletas y se incorporan porcentajes tomando en consideración la Remuneración Básica Unificada. (VDS)



28/9/12

Este 28 de Septiembre "Día Internacional por la Despenalización del Aborto"


El Frente Ecuatoriano por la Defensa de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos", exigimos al Estado Ecuatoriano la DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO EN CASO DE VIOLACIÓN PARA TODAS LAS MUJERES ECUATORIANAS.


El drama de la violencia sexual en el Ecuador alcanza dimensiones gravísimas, en el año 2009 se registraron 14 delitos sexuales diarios y en el 2010, 13 delitos sexuales diarios. En el Ecuador la última encuesta del INEC y la Comisión de Transición, demuestran que 6 de cada 10 mujeres han sufrido algún tipo de violencia en su vida, y 1 de cada mujer 4 ha vivido violencia sexual. En el Ecuador una cifra preocupante es el aumento del embarazo y parto en niñas de 10 a 14 años, en un 78%, dato proporcionado igualmente por el INEC, en este año. Lo primero que salta a la vista es que estas niñas fueron abusadas sexualmente y embarazadas en un contexto de violencia sexual. Un 21% de niñas, niños y adolescentes en el Ecuador ha sufrido abuso sexual, según el Programa Nacional de Erradicación de la Violencia de Género.

La evidencia médica señala que es probable que se produzca un embarazo luego de una violación en un rango de un 10 a un 30%.

No es justo obligar a una mujer a parirle un hijo/a a un violador. El Ecuador obliga a las mujeres a seguir con un embarazo producto de una violación y esto ya no sucede en Colombia, en México, Brasil y en el 48% de países en el mundo que han aceptado que esto viola derechos fundamentales de una mujer. Viola su libertad para decidir cuándo y con quien tener relaciones sexuales, y cuando tener hijos. Viola, lastima, destroza, el único bien que los seres humanos tenemos: el cuerpo.

PROPONEMOS:

Artículo 142: el aborto practicado por un/a proveedor/a de salud con el consentimiento de la mujer o de su conyugue, pareja, familiares íntimos o su representante legal cuando ella no estuviere en posibilidad de prestarlo, no será punible en los siguientes casos:

1. Si se ha hecho para evitar un peligro para la vida o salud integral de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.

2. Si el embarazo es consecuencia de una violación.

La acción pública el Estado, debe basarse en una cultura laica, que potencia la ciudadanía de las mujeres, que defienda y salvaguarde el principio de pluralidad y sobre todo que esa mirada, no le permita actuar al estado en detrimento de los derechos de las mujeres de este país. 

Señor Presidente de la República, Señores y Señoras asambleístas, en sus manos está la oportunidad para que la propuesta de Código Penal Integral analizado y elaborado por la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, se apruebe y permita que las mujeres puedan decidir su destino reproductivo, y si quieren interrumpir el embarazo cuando han sido violadas y que esto sea LEGAL, GRATUITO Y SEGURO en el sistema de salud público del Ecuador. 

LEGALIZACIÓN DEL ABORTO POR VIOLACIÓN, COMO PRIMERA Y URGENTE MEDIDA DE RESTITUCIÓN DE NUESTROS DERECHOS HUMANOS COMO MUJERES.

…POR LA SOBERANïA EN NUESTROS CUERPOS
POR NUESTRA VIDA Y SALUD INTEGRAL
CONTRA TODO TIPO DE VIOLENCIAS….

FRENTE ECUATORIANO POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SEXUALES Y DERECHOS REPRODUCTIVOS

Quito-Ecuador 
28 Septiembre 2012

27/9/12

Preocupaciones en relación a los "Valores Tradicionales"

Estamos profundamente preocupados ante la resolución sobre “Valores Tradicionales” propuesta por la Federación Rusa durante el 21er. período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos.

La resolución propuesta es profundamente deficiente tanto por procedimiento como por razones sustantivas, ya que:

a) socavaría el proceso oficialmente requerido por la resolución HRC/RES/16/3, al adelantarse a las conclusiones del estudio del Comité Asesor;

b) no presentaría un enfoque equilibrado que examinara los impactos tanto positivos como negativos de los “valores tradicionales” sobre los derechos humanos, y en cambio citaría de manera selectiva sólo partes del estudio del Comité Asesor;

c) aumentaría la polarización, en lugar de buscar construir un consenso, v.g., mediante reposicionar el lenguaje de los “valores tradicionales” para “hacer avanzar los derechos humanos universales en diversos contextos tradicionales y culturales”.

24/9/12

My Gender on My ID: Gender Identity Discussion Reaches Ecuadorian Parliament

Dear friends,

We are very excited about the reception our draft amendment to the Ecuadorian Civil Registry Statute recognizing Gender Identity on official documents has had in Ecuadorian Parliament. We wanted to share these good news with you as well as the video "My Gender on My ID: One Letter away from Exercizing Citizenship" with which the draft law was officially presented this past September 13, 2012. Fifty trans and intersex leaders from twelve Ecuadorian provinces were at the act, including the campaign's spokespersons, Geovanni Jaramillo, from the Ecuadorian Confederation of Trans and Intersex Communities, Diane Rodriguez, from Silueta X Association, Maria Jose Guevara from Project Transgender/The Trans House, representatives from Yerbabuena Foundation, Building Equality Platform and other feminist and transfeminist allies.

The act was extremely political and closed with transmasculine activist Matias Pinos taking off his shirt to demand the State "not to ignore but to look at trans bodies".

The draft law was first presented in June to feminist Member of Parliament Paola Pabon who then took it on to the Administrative Decentralization Commission; the parliamentary division in charge of revising acts and statutes that deal with issues currently pertaining to the central administrative system, such as identification. The fact that Ecuador has a 50% female composition in Parliament (as in all public institutions by constitutional mandate), including self-defined feminist MPs, has played a key role. We begin to yield the results of the Constitutional and institutional refoundation Ecuador has gone through in the past four years.

First debate is scheduled for February 2013. If the draft is passed, the notion of "sex" will be discarded on official documents in favour of the notion of "gender" to match Ecuador's 2008 constitutional recognition of Gender Identity (article 11.2) and other constitutional norms that further develop the concept that gender is self-perceived.

We look forward to your comments and hope you can help us spread the campaign!


Best, 

Ecuadorian Confederation of Trans and Intersex Communities, Silueta X Association, Project Transgender/ The Trans House, Yerbabuena Foundation, Building Equality Platform.

11/9/12

Piden sustituir Sexo por Género en la cédula de ciudadanía ecuatoriana


Activistas de la Confederación Ecuatoriana de Comunidades Trans e Intersex, Asociación Silueta X, Proyecto Transgénero, Fundación Yerbabuena y otras organizaciones sumadas a la Articulación Feminista "Construyendo Igualdad" propusieron proyecto de reformas a la Ley de Registro Civil en materia de IDENTIDAD DE GENERO.

La Rueda de Prensa en que se socializarán la propuesta y la campaña Mi Género en Mi Cédula se llevará a cabo en la Sala de Prensa de la Asamblea Nacional, ubicada en Av. 6 de Diciembre y Piedrahita, el jueves 13 de septiembre a las 11h00.

En la tarde, se presentará la Campaña Mi Género en Mi Cédula: A una Letra de ejercer Ciudadanía, en un evento que contará con la presencia de asambleístas, académicos y público en general, que se desarrollará en la Sala 1 de la Asamblea Nacional de 15h30 a 17h30. 

Más información al teléfono 098120163.


10/9/12

Si es MI Cédula tiene que ser MI Género


Por: Elizabeth Vásquez, 2012-08-28

El 6 de Junio de 2012, la Plataforma Construyendo Igualdad conformada por Fundación Yerbabuena, Confederación Ecuatoriana de Comunidades Trans e Intersex (CONFETRANS), Asociación Silueta X y Proyecto Transgénero presentaron un Proyecto de Reformas a la Ley de Registro Civil del Ecuador, redactado por Elizabeth Vásquez, que propone la sustitución de la mención registral de "sexo" por mención de "género" en la cédula de ciudadanía ecuatoriana. La campaña "MI género en MI cédula", que acompaña al proyecto de ley, se presentó en la Comisión de Gobiernos Autónomos y Descentralización de la Asamblea Nacional del Ecuador, el 23 de Julio de 2012. Bajo el slogan "A una letra de ejercer ciudadanía", el activismo transfeminista ecuatoriano da un giro a la reivindicación transexual tradicional que, históricamente, ha luchado porque las personas accedan al cambio de sexo legal sin cuestionarse la pertinencia o no de la categoría "sexo". Resulta que las legislaciones civiles se remontan, en el caso de la ecuatoriana a los años setenta y, en otros casos, a décadas aún más tempranas en que la distinción conceptual entre sexo y género no existía. El arraigo de la ley civil es biologicista en tanto que el feminismo ha reivindicado por décadas también que la biología no es destino, sino que se ve rebasada por la capacidad de decidir y devenir. En este sentido, hay personas que han devenido innegablemente "masculinas" o "femeninas" más allá de los genitales que tengan y más allá de debates inútiles sobre si son o no "hombres" o "mujeres". De ahí que reivindiquen la "M" o la "F" de su vivencia cotidiana y que el reconocimiento del género en la cédula constituya, entre otras cosas, un acto de respeto institucional a la soberanía identitaria. 

El proyecto de ley ecuatoriano, además, reivindica el derecho a la intimidad. Lo más interesante de esto es que no se trata de salvaguardar la intimidad de las personas trans únicamente, sino la de todas y todos. La propuesta nos invita a considerar que la mención registral del sexo que a tod@s nos "chantaron" en la cédula es una intromisión abusiva del Estado en nuestros genitales. La "F" y la "M" del sistema registral actual revelan automáticamente si tenemos vagina o pene; algo absolutamente irrelevante a efectos de identificación. La propuesta de sustituir género por sexo constituye entonces, adicionalmente, una apuesta por desexualizar la ley civil y, por lo tanto, empezar a eliminar el control jurídico sobre la sexualidad y la reproducción que se fundan primordialmente en el control jurídico sobre el sexo. 

Se podrá objetar que la separación sexo - género es simplista, y esa objeción es válida. Pero, si bien es cierto que lo que más precisamente somos es personas de diversa condición sexo-genérica y que la dimensión sexual y la genérica se conjugan inescindiblemente en cada individuo, generizando el cuerpo y encarnando el género, no es menos cierto que en determinados planos de la realidad humana, el sexo y el género existen. Y uno de esos planos, particularmente práctico pero particularmente dramático, es el de la vida cotidiana de las personas trans cuyo acceso a derechos se ve obstaculizado por el mero hecho de no tener una cédula de ciudadanía que refleje su estética de género (sin siquiera entrar en honduras sobre su identidad). La aprobación de esta reforma supondría el ejercicio automáticamente mejorado del derecho a la educación, salud, vivienda y empleo de un sector particularmente discriminado de la población. 

Mayor información: info@proyecto-transgenero.org